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SAT: Quedan sin vigencia las facturas en papel

Desde el pasado viernes 1 de Julio, han quedado sin vigencia las facturas impresas en papel.

La Superintendencia de Administración Tributaria indica que todos los contribuyentes deben estar incorporados en el Régimen General de Factura Electrónica en Línea (FEL) y deberán emitir únicamente Facturas Electrónicas.

El Superintendente, Marco Livio Díaz Reyes, indicó que esta medida se encuentra en la Resolución de Superintendencia SAT-DSI- 1240-2021 que se publicó en el Diario de Centro América el 24 de noviembre de 2021.

La resolución indica que las facturas en papel (preimpresas) que los contribuyentes tienen aún en su poder, quedaron sin validez alguna, desde la fecha 1 de julio de 2022; por ello, todos los comerciantes deberán ceñirse al cambio.

Díaz Reyes, detalló que el trámite para ser emisor de FEL se hace en tan solo 24 horas. Recordó también que la SAT continúa prestando servicios gratuitos para los contribuyentes que aún no consiguen un habilitador o facturador FEL.

FEL, es una nueva modalidad para emitir facturas y otros documentos tributarios electrónicos (DTE) de forma segura y con autorización en línea.

* El 30 de junio fue la fecha límite para que los contribuyentes del régimen general del impuesto al valor agregado (IVA), incluidos los pequeños contribuyentes, enviaran su solicitud de inscripción a la SAT para prestar el servicio con FEL.

Exigir las FEL

El llamado de la Superintendencia a es ahora a la sociedad civil a que se acepten y exijan únicamente las FEL de los contribuyentes obligados.

Aún en esta semana se están recibiendo y entregando facturas impresas por las transacciones; sin embargo, es necesario recalcar que estas ya no son válidas y no servirán para transacciones como Crédito Fiscal, entre otras.

El Régimen General del IVA está conformado por 374,091 contribuyentes que deberán migrar, en su totalidad a las FEL.

Acciones legales contra infractores.

El intendente de recaudación, Fernando Suriano, destacó que la población inscrita en el Régimen General del IVA debe cumplir con este requisito y evitar quedarse sin documentos autorizados para sus transacciones comerciales.

La SAT podría tomar medidas legales contra los emisores infractores que se nieguen a extender FEL, ninguna es positiva para el contribuyente.

Una, es tomarlo como resistencia a la acción fiscalizadora, un delito pagado con cárcel.

La segunda, acudir a un tribunal para cerrar el negocio.

Denuncias

La gerente operativa de la Intendencia de Fiscalización, Ana Luisa Parada, hace un llamado a la población a que realicen sus denuncias en el sitio web de la SAT o bien, a través del número 1550 para reportar a comerciante que no emitan facturas o que den facturas vencidas.

Obtener FEL

Si un emprendimiento o empresa aún no extiende FEL, podrá hacerlo siguiendo estos sencillos pasos que detalla la SAT:

  • El contribuyente emite el documento con firma electrónica y se envía al certificador de manera automática.
  • El certificador recibe, valida y autoriza cada documento y es enviado automáticamente al emisor y a la SAT.
  • El emisor la entrega al receptor.
  • La SAT verifica cada documento tributario electrónico y lo pone a disposición del emisor y receptor para consulta y verificación.

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